
Visa para Estados Unidos con pasaporte de Finlandia
Necesitas una autorización de viaje para estancias de hasta 90 días.
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Visado
No necesitas visado
En esta vía no necesitas visado, pero sí una autorización de viaje. En la sección de formularios y autorizaciones encontrarás el programa, las tasas y cómo solicitarla. Formularios y autorizaciones de viaje ↓
- Estancia inicial máxima
- 90 días
Fuentes oficiales 4
Última comprobación:
Formularios y autorizaciones de viaje
ESTA / EVUS obligatorios — según el caso
ESTA / EVUS
La ESTA es obligatoria para los visitantes elegibles que viajen con el Programa de Exención de Visado. EVUS es un requisito de inscripción separado para determinados titulares de visados estadounidenses. Ninguno de los programas es una tarjeta general de llegada. Utiliza el servicio oficial que corresponda a tus documentos de viaje.
Un visado estadounidense vigente, la residencia permanente en Estados Unidos o un régimen específico de exención de visado pueden cambiar lo que necesitas. Los residentes permanentes legales de Estados Unidos regresan con los documentos de residencia o reentrada correspondientes, en lugar de una ESTA turística o un visado de visitante. Un visado estadounidense vigente puede utilizarse para el propósito para el que fue expedido, sujeto a los requisitos de cualquier programa adicional.
El subtipo de pasaporte, la segunda nacionalidad, los viajes anteriores y la admisibilidad pueden afectar a tu elegibilidad. Un visado o una autorización aprobados no garantizan la admisión; CBP determina la estancia autorizada en la entrada.
Los titulares de un pasaporte electrónico ordinario de una nacionalidad incluida en el Programa de Exención de Visados (VWP) pueden solicitar ESTA para turismo de hasta 90 días. ESTA es una autorización electrónica, no un visado, y no hay visado a la llegada. Una ESTA aprobada normalmente puede usarse durante 2 años o hasta que caduque el pasaporte, si ocurre antes; solicita una nueva autorización cuando lo exijan cambios de identidad o de pasaporte. Las llegadas por aire y por mar se hacen con un transportista adherido al VWP y, por lo general, requieren transporte de regreso con destino más allá de Canadá, México y las islas adyacentes, salvo que residas en ese destino. Las llegadas por tierra también requieren una ESTA y pruebas de fondos y de domicilio en el extranjero. Los viajes cortos a países o islas adyacentes normalmente consumen los días restantes del plazo original de 90 días. No existe una prórroga ordinaria del VWP ni un cambio de condición. Exclusión del VWP: haber viajado o estado en Corea del Norte, Irán, Irak, Libia, Somalia, Sudán, Siria o Yemen el 1 de marzo de 2011 o después, o en Cuba el 12 de enero de 2021 o después, te excluye del VWP, con excepciones oficiales militares y diplomáticas muy limitadas. La doble nacionalidad de Cuba, Corea del Norte, Irán, Irak, Sudán o Siria también te excluye del VWP. En su lugar puede necesitarse un visado B ordinario, sujeto a cualquier restricción de una proclamación sobre la otra nacionalidad. Siguen aplicándose todas las demás condiciones de admisibilidad.
- Tiempo de tramitación
- Deja al menos 72 horas para recibir la respuesta de ESTA y solicítala con bastante antelación; una revisión adicional puede causar retrasos.
- Tasas oficiales
- La tasa de ESTA es de USD 40,62 desde el 16 de octubre de 2026, o de USD 10,62 si se deniega. Cuando corresponde, se cobra una tasa I-94 terrestre de USD 30.
Última comprobación:
Viaje de salida
Recomendado
Bajo el Visa Waiver Program, las llegadas por aire o mar con transportistas participantes generalmente necesitan transporte de regreso o continuación. Las normas terrestres difieren y los itinerarios con Canadá, México o islas adyacentes tienen condiciones adicionales. Para visitantes con visado B, no se ha confirmado un billete reservado universalmente obligatorio. Lleva pruebas de salida y sigue las normas de tu vía de admisión.
Seguro de viaje
Recomendado
La información oficial de Estados Unidos no incluye el seguro médico de viaje como requisito general para los turistas ordinarios que viajan con un visado B o con el Visa Waiver Program, pero se recomienda. Pueden seguir aplicándose condiciones individuales de admisión o de visado.
Otra información
Estas condiciones son para una visita turística normal. Dónde vives, tu situación de visado y la ruta que sigas pueden cambiar lo que se te aplica.
- CBP registra la estancia autorizada en el I-94. La vigencia del visado y la estancia permitida son distintas, y un visado o ESTA no garantiza la admisión.
- Las excepciones de validez del pasaporte dependen de la nacionalidad. Los documentos estadounidenses existentes, la doble nacionalidad y los viajes recientes pueden cambiar la elegibilidad o activar restricciones.
- La información cubre el turismo general en Estados Unidos. Las exenciones locales de Guam/CNMI y las normas de Samoa Americana son separadas. Vuelve a consultar las tasas y restricciones oficiales antes de reservar.
Fuentes oficiales 23
Información general de entrada
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevatravel.state.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevausa.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevagovinfo.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevaecfr.gov
- Documento de referencia (PDF) — se abre en una pestaña nuevagovinfo.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevatravel.state.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevatravel.state.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevawhitehouse.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevatravel.state.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevatravel.state.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevadoi.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevasecure.ssa.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevatravel.state.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevaecfr.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevaecfr.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevatravel.state.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevatravel.state.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevatravel.state.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevatravel.state.gov
- Documento de referencia (PDF) — se abre en una pestaña nuevagovinfo.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevagovinfo.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevatravel.state.gov
- Información oficial — se abre en una pestaña nuevahelp.cbp.gov
Los requisitos los fijan los servicios oficiales.
